miércoles, 23 de enero de 2013

Comunicado de Prensa

CENTRO PEN GUATEMALA


Comunicado de Prensa

El Centro PEN Guatemala que asocia a escritores, editores y periodistas, e integrante del PEN Internacional de Escritores, con sede en Londres, Inglaterra, organizados en defensa de la Libre Expresión del Pensamiento, al público en general y a las autoridades pertinentes

Hace saber:

Que en consonancia con los principios que fundamentan el PEN Internacional y el Centro PEN Guatemala, denunciamos el ataque de que han sido objeto varios escritores guatemaltecos y la Editorial Cultura del Ministerio de Cultura y Deportes, al haberles enviado a la puerta de sus domicilios y distribuido en los pasillos del Palacio Nacional de La Cultura, sobres conteniendo libros mutilados publicados por la editorial mencionada.

No obstante hacer un trabajo encomiable y sobre todo socialmente ventajoso para el país, como lo son la publicación y edición de libros de autores guatemaltecos, consideramos esta agresión abominable a la integridad humana, la ciencia, la academia, la libertad de pensamiento y de expresión reflejadas todas en el arte literario. Creemos, asimismo, que esas acciones tienen el propósito de intimidar, acallar voces, pensamientos y propuestas literarias que pugnan por una Guatemala democrática, sin discriminación, equitativa y con justicia social.


Por tanto:


El Centro PEN Guatemala exige de las instituciones del Gobierno y el Estado de Guatemala, que cumplan con la obligación de investigar al presunto autor de dichas acciones, Edwin Peláez, (Cfr. Siglo.21, 22-01-13, pág 6) para que responda, si fuera el caso, como responsable material e intelectual por este acto reñido con la ley, la moral y la convivencia humana. Asimismo, apoya a los escritores Javier Payeras, Julio Serrano, Vania Vargas, Francisco Morales, Max Araujo, Gerardo Guinea y María Teresa Martínez quienes han sido afectados con esos hechos.

El Centro PEN Guatemala, exige del Gobierno presidido por el General Otto Pérez Molina que en tanto tiene el deber y la obligación de proteger la libertad de pensamiento, de opinión, de libertad académica e investigativa consagradas en la Constitución y leyes de la República, las haga cumplir efectivamente.

Dado en la ciudad de Guatemala a los veinte y dos días del mes de enero del año dos mil trece.


Junta Directiva
Centro PEN Guatemala

Presidente, Eduardo Blandón, Vicepresidente, Guillermo Paz Cárcamo, Secretario Gustavo Bracamonte, Tesorero, Dennis Escobar Galicia, Vocal I, Carlos René García Escobar, Vocal II, Marco Antonio Luna.

Comunicado de Prensa

Centro PEN Guatemala

Comunicado de Prensa

El Centro PEN Guatemala que asocia a periodistas, escritores y editores como integrante del PEN Internacional con sede en Londres, Inglaterra, a las autoridades pertinentes y público en general

Hace saber:

Que de acuerdo con los principios que guían nuestra organización con el objeto de defender la Libre Expresión de los Escritores y Artistas en cualquier parte del mundo, denunciamos la censura al pintor y escultor Manolo Gallardo, a quien la Secretaría Presidencial de la Mujer (SEPREM) y el Ministerio de Cultura y Deportes de Guatemala, prohibieron la presentación de su obra en el Centro Cultural Miguel Ángel Asturias. La develación de la escultura denominada “No al Femicidio”, se llevaría a cabo en el contexto del Día de la No Violencia Contra la Mujer.

En ese sentido el Centro PEN Guatemala, atendiendo su misión de defensor de la libre expresión del pensamiento,

Exige:

A la Secretaría Presidencial de la Mujer y al Ministerio de Cultura y Deportes de Guatemala la defensa de la libre expresión del pensamiento y pide que a futuro no se repita esta arbitrariedad que va en perjuicio del derecho del artista a expresar su propuesta estética.

Asimismo, se pide a ambos entes de gobierno la devolución inmediata de la obra del autor, al sitio que le fue asignado originalmente en el espacio del Teatro Nacional Miguel Ángel Asturias.

Junta Directiva
Centro PEN Guatemala

Centro PEN Guatemala: Presidente, Eduardo Blandón, Vicepresidente, Guillermo Paz Cárcamo, Tesorero, Dennis Escobar Galicia, Vocal I, Carlos René García Escobar, Vocal II, Maco Luna.

Comunicado de Prensa

Centro PEN Guatemala

Comunicado de Prensa

El Centro PEN Guatemala que asocia a periodistas, escritores y editores como integrante del PEN Internacional con sede en Londres, Inglaterra a las autoridades pertinentes y público en general

Hace saber:

Que en consonancia con los principios que fundamentan al PEN Internacional y al Centro PEN Guatemala denunciamos el ataque que ha sido objeto la sede de la Asociación para el Avance de las Ciencias Sociales (AVANCSO), ubicadas en el Paseo la Sexta, entre la 2ª y la 3ª calle de la zona 1, a escasas dos cuadras de la Casa Presidencial, altamente vigilada.

Estas oficinas fueron asaltadas durante la madrugada el viernes 18 del presente mes, saqueando 24 computadoras, discos compactos, memorias USB, grabadoras y otros equipos que contienen información de las investigaciones realizadas en los últimos años, así como archivos de datos de investigaciones sociales en curso y registros de los académicos que trabajan en la institución.

Como es conocido, AVANCSO fue fundada en el año 1986 con la misión de realizar estudios relevantes para los sectores populares e instituciones encargadas de diseñar políticas públicas. De esa cuenta, ha elaborado a los largo de los años múltiples libros, documentos y desarrollado actividades educativas y formativas, que por su rigurosidad, son conocidas y referidas ampliamente en el país e internacionalmente.

No obstante hacer un trabajo encomiable y sobre todo, socialmente ventajoso para Guatemala, AVANCSO, ha sido objeto desde su fundación, de un asedio criminal, cuya consecuencia fue el asesinato de la antropóloga Myrna Mack -una de sus fundadoras- el 11 de septiembre de 1990, por elementos activos del Ejército de Guatemala.

Luego de ese crimen, las amenazas, intimidaciones, avisos de muerte, provocaciones, coacciones y advertencias, han proseguido tanto contra los investigadores como los funcionarios. Un ejemplo de ello lo constituye el caso de Matilde Leonor González Izas, cuya casa fue asaltada y robada su computadora y luego amenazada en su vehículo en el año 1990. Asimismo, el caso del asalto a la sede AVANCSO el 20 de marzo del 2001, donde golpearon inmisericordemente al guarda y destrozaron la sede.

La mayoría de estas agresiones abominable a la integridad humana, a la ciencia y a la academia, a la libertad de pensamiento y de expresión, se han dado por el trabajo de esta organización en relación al mundo agrario guatemalteco.

Este nuevo crimen contra AVANCSO, sus directivos, investigadores, funcionarios e infraestructura, se da en el contexto del proceso que se ha desarrollado en el último año alrededor de la llamada conflictividad agraria y de la aprobación de la Ley de Política Nacional de Desarrollo Integral, en la cual AVANCSO ha sido un referente.

El Centro de investigación tiene respaldo de sus archivos, por lo que la criminal acción, devenida de los poderes fácticos voraces, solo tiene el objetivo de intimidar, acallar voces, conculcar pensamientos y propuestas que pugnan por una Guatemala democrática, sin discriminación, equitativa y con justicia social.


Por tanto:

El Centro PEN Guatemala exige al Gobierno Central, el esclarecimiento de este nuevo acto criminal contra AVANCSO y la aprensión inmediata de los responsables materiales e intelectuales a fin de que respondan por estos actos reñidos con la ley, con la moral y con la convivencia humana.

El Centro PEN Guatemala, exige al Gobierno presidido por el General Otto Pérez Molina que en tanto tiene el deber y la obligación de proteger la libertad de pensamiento, de opinión, de libertad académica e investigativa consagradas en la Constitución y leyes de la República, que las haga cumplir efectivamente.


Dado en la ciudad de Guatemala a los veinte días del mes de enero del año dos mil trece.

Junta Directiva
Centro PEN Guatemala

Centro PEN Guatemala: Presidente, Eduardo Blandón, Vicepresidente, Guillermo Paz Cárcamo, Secretario, Gustavo Bracamonte, Tesorero, Dennis Escobar Galicia, Vocal I, Carlos René García Escobar, Vocal II, Marco Antonio Luna.





martes, 22 de enero de 2013

Declaración de PEN sobre libertad de expresión en los medios digitales

PEN International promueve la literatura y la libertad de expresión y se rige por la Carta de PEN y los principios que representa: la transmisión del pensamiento en el seno de cada nación y entre todas las naciones.

PEN reconoce la promesa que constituyen los medios digitales como instrumento para cumplir el derecho fundamental a la libre expresión. Simultáneamente, poetas, dramaturgos, ensayistas, novelistas, escritores, blogueros y periodistas sufren la violación de su derecho a la libertad de expresión por emplear los medios digitales. Los ciudadanos de muchos países se han enfrentado a graves restricciones de su acceso a los medios digitales, así como al uso de los mismos, mientras que los gobiernos han aprovechado las tecnologías digitales para suprimir la libertad de expresión y vigilar a las personas. El sector privado y sobre todo las empresas tecnológicas en ocasiones han facilitado la censura y la vigilancia al gobierno. Por tanto, PEN declara lo siguiente:

1. Todas las personas tienen derecho a expresarse libremente a través de los medios digitales sin temor a sufrir represalias o ser perseguidos.

a. A los usuarios de los medios digitales se les aplican las protecciones a la plena libertad de expresión establecidas con arreglo a las leyes y normas internacionales.

b. Los gobiernos no deben perseguir a las personas ni exigir represalias a quienes transmiten información, opiniones o ideas a través de los medios digitales.

c. Los gobiernos deben proteger activamente la libertad de expresión en los medios digitales mediante la promulgación y la aplicación de leyes y normas efectivas.

2. Todas las personas tienen derecho a buscar y recibir información a través de los medios digitales.

a. Los gobiernos no deben censurar, limitar ni controlar el contenido de los medios digitales, incluido el contenido de fuentes nacionales e internacionales.

b. En circunstancias excepcionales, cualquier limitación sobre el contenido de los medios digitales debe adherirse a las leyes y normas internacionales que regulan los límites de la libertad de expresión, como la incitación a la violencia.

c. Los gobiernos no deben bloquear el acceso a los medios digitales ni limitar su uso, ni siquiera durante períodos de descontento o crisis. El control del acceso a los medios digitales, especialmente a gran escala, viola por naturaleza el derecho a la libertad de expresión.

d. Los gobiernos deben potenciar y promover el pleno acceso a los medios digitales para todas las personas.

3. Todas las personas tienen derecho a que los medios digitales estén libres de vigilancia por parte del gobierno.

a. La vigilancia, sea o no conocida por el objetivo específico al que va dirigida, coarta el discurso al establecer la posibilidad de sufrir una persecución y el temor a sufrir represalias. Cuando es conocida, la vigilancia promueve un clima de autocensura que afecta aún más a la libre expresión.

b. Por regla general, los gobiernos no deben tratar de acceder a las comunicaciones digitales entre particulares privados, ni deben controlar el uso individual de los medios digitales, hacer un seguimiento de los movimientos de los individuos por los medios digitales, modificar la expresión de estos ni hacer un control individual de las personas.

c. Cuando los gobiernos lleven a cabo una vigilancia —en circunstancias excepcionales y con relación al cumplimiento legítimo de la ley o a investigaciones de seguridad nacional— toda vigilancia a particulares y control de las comunicaciones a través de los medios digitales debe atenerse a las leyes y normas internacionales relativas al proceso debido que se aplica a las búsquedas legítimas, como obtener autorización mediante una orden judicial.

d. La plena libertad de expresión implica el derecho a la privacidad; todas las leyes y normas internacionales existentes sobre privacidad se aplican a los medios digitales y es posible que sea necesario disponer de nuevas leyes, normas y protecciones.

e. La recopilación y conservación de datos y otra información generada por medios digitales por parte del gobierno, incluida la extracción de datos, debe adaptarse a las leyes y normas internacionales sobre privacidad, como los requisitos relativos a que la conservación de los datos se produzca por un tiempo limitado y que se notifique de forma efectiva a las personas afectadas.

4. El sector privado y sobre todo las empresas tecnológicas están obligados por el derecho a la libertad de expresión y los derechos humanos.

a. Los principios recogidos en esta declaración se aplican de igual forma al sector privado.

b. Las empresas deben respetar los derechos humanos, incluido el derecho a la libertad de expresión, y deben defender estos derecho incluso cuando las leyes y reglamentos nacionales no los protejan. c. Las empresas tecnológicas tienen la obligación de determinar cómo sus productos, servicios y políticas afectan a los derechos humanos en los países en los que pretenden operar. Si existiese la probabilidad de que dichos derechos fuesen violados o su violación estuviese asociada inextricablemente al uso de los productos o servicios, estas deben modificar o retirar sus planes previstos a fin de respetar los derechos humanos. d. Las empresas tecnológicas deberían incorporar los principios de libertad de expresión en sus operaciones fundamentales, como diseñar productos con protección de la privacidad incorporada.

e. Si se observa que sus operaciones han violado el derecho a la libertad de expresión, las empresas tecnológicas deberían restituir a las personas cuyos derechos han sido violados, incluso en aquellos casos en que los gobiernos no proporcionen soluciones.

Aprobado en el Congreso de PEN International Gyeongju, Corea del Sur

Septiembre de 2012